miércoles, 2 de diciembre de 2009

RELACIONES DIPLOMATICAS CON LA REPÚBLICA POPULAR SOCIALISTA HUETAR DE OCCIDENTE

Hoy día 2 de diciembre los gobiernos de la República Popular Socialista Huetar de Occidente y el de la Unión Patagónica han intercambiado el tratado de reconocimiento mutuo y de establecimiento de relaciones diplomáticas.

El texto del mismo es el que figura a continuación:

Tratado de Amistad y Reconocimiento mutuo entre República Popular Socialista Huetar de Occidente y la Unión Patagónica.
Art.1.- Que ambas naciones se reconocen mutuamente como naciones de existencia independiente y soberana.
Art.2.- Que ambas naciones, dentro del ámbito micronacional, reconocen y respetan los territorios y soberanías de ambas naciones.
Art.3.- Que ambas naciones, siguiendo el espíritu que las ha llevado a firmar este tratado expresan mediante el mismo su voluntad de continuar los contactos diplomáticos en aras de la mejora de sus relaciones microinternacionales y de las posibilidades que ello pudiese tener para sus respectivos ciudadanos.
Art 4.- En cumplimiento del artículo tres de este tratado, ambas micronaciones nombrarán un embajador, intercambiando sus nombres, brevísima currícula y si es posible fotografías, los cuales permanecerán en sus cargos mientras el gobierno representado los mantenga.
Art.5.- Que ambas naciones, en muestra de buena voluntad harán pública la firma de este tratado para conocimiento de sus ciudadanos y los círculos diplomáticos en sus respectivas Webs oficiales.
Se firma el presente Tratado el día 2 de diciembre del 2009
Por la Repub.Pop.Soc.Huetar de Occidente: S.E. Alonso Castro Briceño, Presidente de la RPSHO.
Por la Unión Patagónica: S.E. José Vidal Campos, Presidente de la UP

RELACIONES DIPLOMATICAS CON EL REINO DE ÁUREA

El día 19 de noviembre próximo pasado se firmó el tratado de mtuo reconocimiento entre el Reino de Áurea y la Unión Patagónica.

El texto del mismo se presenta a continuación:

TRATADO DE AMISTAD, COLABORACIÓN Y RECONOCIMIENTO MUTUO ENTRE EL REINO DE AUREA Y LA UNIÓN PATAGÓNICA


Las micronaciones firmantes de este Tratado, a través de sus respectivos representantes oficiales y como prueba de la buena voluntad existente por parte de las mismas, acuerdan formalmente los siguientes puntos:

Uno: Ambas naciones reconocen mutuamente su existencia como micronaciones legales y constitucionales con plena soberanía e independencia.
Dos: Ambas naciones, dentro del ámbito micronacional, reconocen y respetan mutuamente sus símbolos, territorios, instituciones y ordenamientos jurídicos.
Tres: Ambas naciones manifiestan su voluntad de continuar sus contactos diplomáticos y de seguir avanzando en unas relaciones de amistad y colaboración mutuas como medio de desarrollo y fortalecimiento de sus ciudadanos e instituciones y, por consiguiente, del ámbito micronacional en general, manteniendo para ello una vía de comunicación permanente.
Cuatro: Ambas micronaciones nombrarán un embajador, intercambiando sus nombres, brevísima currícula y si es posible fotografías, los cuales permanecerán en sus cargos mientras el gobierno representado los mantenga.
Cinco: Ambas naciones intercambiarán sus símbolos nacionales los cuales deberán ser conservados debidamente.
Seis: Ambas naciones se comprometen mutuamente a hacer pública la firma de este Tratado para conocimiento de su propia ciudadanía y de los círculos diplomáticos micronacionales, incorporando para ello en sus respectivas páginas web oficiales la información correspondiente.

Se firma el presente Tratado el día 19 de noviembre de 2009
En el día auriano de 20 de Roacyu de 6737

Por el Reino de Aurea:
Ruben I
Rey de Áurea

Por la Unión Patagónica:
José Vidal Campos
Presidente de Estado
Unión Patagónica

RELACIONES DIPLOMATICAS CON EL IMPERIO DE MORIEL

En el día 4 de noviembre del presente año, las autoridades del Imperio de Moriel y de la Unión Patagónica canjearon el tratado por el cual se reconocen mutuamente.

El siguiente es el texto del mismo:

TRATADO DE RECONOCIMIENTO MUTUO ENTRE EL
IMPERIO MORIEL Y UNION PATAGONICA BARATARIA

Art. 1.- Que ambas micronaciones se reconocen mutuamente y se respetan como naciones de existencia independiente y soberana.
Art. 2.- Las dos micronaciones se declaran pacificas y pretenden:
no emprender la guerra la una contra la otra.
Art. 3.- Las naciones firmantes que han firmado este tratado expresan mediante el mismo su voluntad de continuar los contactos diplomaticos en aras de la mejora de sus relaciones microinternacionales y de las posibilidades que ello pudiese tener para sus respectivos ciudadanos.
Art. 4.- Ambas micronaciones nombrarán un embajador, brindando su nombre, brevísima currícula, los cuales permanecerán en sus cargos mientras el gobierno representado los mantenga.
Art. 5.- Ambas naciones proceden al intercambio de sus símbolos nacionales a efectos de conocimiento y guarda.
Art. 6.- Que ambas naciones ,en muestra de buena voluntad haran pública la firma de este tratado para conocimiento y circulos diplomaticos. La bandera y el link estaran en ambas micronaciones.
Art. 7.- Para retirarse del tratado habra que avisar 48 horas antes por correo electronico

Por el Imperio de Moriel: Yahir Betsen, Emperador de Moriel.

Por Unión Patagónica: Don José Vidal Campos, Presidente de Estado de la Unión Patagónica.